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22 May 2006 - כ"ד אייר תשס"ו

AMIA: ratificaron el fallo que absolvió a los acusados

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La Cámara Nacional de Casación Penal, máximo tribunal penal de Argentina, confirmó el viernes el veredicto del tribunal oral que absolvió a cinco ex acusados del atentado a la AMIA y declaró la nulidad de la causa.

Tras la decisión, la AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina), la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), el fiscal Raúl Plee y los familiares de las víctimas del ataque a la mutual judía deberán presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia para que revea la decisión.
La resolución, de unas 300 carillas, unánime y con la firma de los camaristas Juan Fégoli, Pedro David y Gustavo Mitchell, contiene múltiples críticas al desempeño del ex juez federal Juan José Galeano, quien tuvo a su cargo la instrucción del sumario durante casi una década.
Irregularidades. En razón de ello, el tribunal remitió copias del fallo al juez federal Ariel Lijo, quien tramita la causa por las presuntas irregularidades cometidas durante la instrucción del caso.
Los querellantes, cuando presentaron los recursos, admitieron algunas deficiencias en la instrucción pero afirmaron que el Tribunal Oral 3 fue arbitrario y que la causa no se debió anular, porque existen pruebas sobre la responsabilidad de quienes estaban imputados.
La Sala II de la Cámara mencionó “irregularidades” que, por haber sido cometidas al principio de la investigación, afectaron al resto de la pesquisa sobre el atentado a la AMIA que fue perpetrado el 18 de julio de 1994 y causó 85 muertos y centenares de heridos.
El tribunal remarcó “ilegalidades” a partir de enero de 1995, con la apertura de la línea de investigación denominada “Brigadas” y que involucraba en el ataque al edificio de la calle Pasteur 633, de esta capital a policías bonaerenses de Vicente López y Lanús.
Entre las anomalías destacadas por los camaristas figuran el pago de 400.000 dólares y las “entrevistas” -autorizadas por Galeano- a uno de los principales ex imputados en la causa, Carlos Alberto Telleldín, por parte de personas ajenas al proceso.
Garantías. Los camaristas sostienen que Galeano “ha vulnerado las garantías constitucionales del debido proceso y el derecho de defensa en juicio” de los imputados.
Con relación al pago de 400.000 dólares a Carlos Telleldín (que habrían sido cobrados por su pareja, Ana Boragni) la Sala II de Casación sostuvo que fue “acordado” con el ex magistrado a cambio de involucrar en el hecho a los policías, luego que ocurrió en una inmediata y posterior indagatoria del implicado.
Galeano, conforme lo resuelto por el tribunal, tuvo a su cargo esa “negociación”, a la vez que mandó a la pareja de un imputado en el sumario a filmar la vivienda de Boragni, a cambio de favorecer su situación procesal.
Pruebas. Al coincidir con el Tribunal Oral 33 sobre las causas que provocaron la anulación de la causa, los camaristas de casación penal indicaron que hubo un “armado” de las pruebas.
“No se advierte un supuesto de arbitrariedad que permita modificar lo resuelto”, por el Tribunal Oral, concluyeron Fégoli, David y Mitchell.
Una solución contraria habría significado la realización de un nuevo juicio oral, dejando sin efecto el que se ventiló por aproximadamente tres años y terminó con las absoluciones de todos los involucrados en la causa.
A pesar de haber rechazado los recursos, el tribunal eximió de las costas originadas en esta instancia porque, consignó, “por el derecho a la verdad de las víctimas, sus familiares y la sociedad toda”, la parte querellante “ha tenido razón suficiente para litigar”.

Castigo

La Cámara agregó que “más allá de las nulidades decretadas, existe el legítimo derecho de conocer acabadamente lo ocurrido y a que los culpables sean efectivamente castigados”.
La Sala II reflexionó que “se debe tomar conciencia de la tragedia ocurrida el 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA para que hechos de naturaleza similar al objeto de la presente causa sean prevenidos y sancionados”. [LaNación.com]


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.RAUL PALMA CARMONA dijo el 29 de May, 2006:

NO SOLO EN ARGENTINA SE DAN INJUSTICIAS COMO LA DE LA AMIA, SON CARICATURAS DE JUSTICIA, EN CHILE TAMBIEN SE HA DADO LO MISMO EN CASOS DE D.D.H.H., ES EL CASO DE LOS MENORES DE 7 Y 8 AÑOS EJECUTADOS POR MILITARES EN COQUIMBO DURANTE LA DICTADURA DE PINOCHET ,LA JUSTICIA CHILENA, A PESAR DE TODA LA CLARIDAD DE LOS HECHOS SOBRESEYO DICHA CAUSA,A LA FECHA ESTAMOS CONCURRIENDO AL TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LA HAYA EN HOLANDA,PORQUE CASOS COMO ESTOS NO PUEDEN QUEDAR EN LA IMPUNIDAD,PERDONAR PERO JAMAS OLVIDAR.

.RAUL PALMA CARMONA dijo el 29 de May, 2006:

ACLARANDO COMENTARIO SOBRE NIÑOS EJECUTADOS EN COQUIMBO EL 24.12.1973 DE 7 Y 8 AÑOS SUS NOMBRES SON RODRIGO JAVIER PALMA MORAGA Y JIMY CRHISTIE BOSSY, LA CAUSA FIGURA EN FIGURA EN EJECUTADOS POLITICOS. SHALOM

.RAUL PALMA CARMONA dijo el 20 de June, 2006:

TODOS LOS ANTECEDENTES DE ESTE CRIMEN FIGURAN EN ver ejecutados politicos,letra P arriba buscar ejecutados politicos nombre PALMA MORAGA RODRIGO JAVIER